El período de prueba: 30 o 60 días con reglas claras
El Código del Trabajo fija el período de prueba en 30 días para trabajadores no calificados y 60 para calificados y aprendices — remunerado, computable a todos los efectos, y sin preaviso ni indemnización si se termina dentro del plazo.
Contratar gente para una obra nueva casi siempre arranca con un período de prueba — y la ley lo regula con precisión. El artículo 58 del Código del Trabajo lo define con doble propósito: para el empleador, apreciar las aptitudes del trabajador; para el trabajador, verificar la conveniencia de las condiciones del trabajo contratado. Y fija la duración máxima: 30 días para personal de servicio doméstico y trabajadores no calificados; 60 días para trabajadores calificados o aprendices; y para técnicos altamente especializados, las partes pueden convenir un período distinto conforme a las modalidades del trabajo.
Las reglas que suelen olvidarse
- Es remunerado y computa: el artículo 59 lo deja claro — el período de prueba será remunerado según lo estipulado, y si al término ninguno de los contratantes manifiesta su voluntad expresa de terminar el contrato, éste continúa vigente y el período se computa a todos los efectos legales. La antigüedad corre desde el primer día de prueba.
- No se repite con el mismo empleador: en un nuevo contrato entre los mismos contratantes y para la misma clase de trabajo, el período de prueba no rige. El albañil que vuelve a tu próxima obra no vuelve "a prueba".
- Terminar dentro del plazo no genera preaviso ni indemnización: el artículo 60 permite a cualquiera de las partes terminar el contrato durante el período sin responsabilidad — pero el trabajador goza de todas las prestaciones, con excepción del preaviso y la indemnización por despido.
El plazo corre solo: la fecha de ingreso manda
Un trabajador "a prueba" al que nadie le avisó nada cumple el plazo y queda permanente por silencio. Fecha de ingreso, tipo de trabajador y vencimiento del período, por persona y por obra: eso es lo que un ERP para constructoras implementa según la forma de trabajar de cada empresa.
Fuentes
¿Sabés qué día vence el período de prueba de cada ingreso reciente?
Ingresos, plazos y vencimientos por trabajador y obra: ningún contrato permanente por descuido.
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