El registro de sanciones de la DNCP: diez años de antecedentes que leen las contratantes
Las amonestaciones, multas e inhabilitaciones quedan registradas en el SICP cuando la sanción queda firme, y las contratantes tienen en cuenta las sanciones de los últimos diez años. Lo que dicen los artículos 23 y 154 de la Ley 7021.
En la contratación pública, el pasado no se borra: se registra. La Ley 7021/2022 creó dos registros que toda constructora que licita debería conocer como su propio expediente. El artículo 23 establece el Registro de inhabilitados para contratar con el Estado: la lista de personas físicas, jurídicas y consorcios inhabilitados para contratar con instituciones públicas, incorporada al Registro de Proveedores del Estado.
Qué se registra y cuándo
El artículo 154 agrega el Registro de Sanciones del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP): toda sanción impuesta por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas se incorpora al registro, y su constancia se mantiene durante la vigencia de la sanción y con posterioridad a su cumplimiento, formando parte de los antecedentes del sujeto. Quienes hayan sido amonestados, multados o inhabilitados serán registrados una vez que la sanción quede firme —por no haber sido recurrida o por haberse confirmado en la reconsideración.
Diez años de memoria
- Los antecedentes pesan una década: para el análisis de antecedentes se tienen en cuenta las sanciones incorporadas al registro dentro de los diez años anteriores a la instrucción del procedimiento sumarial.
- El registro también te describe: el Registro de Proveedores consigna la situación legal, técnica y financiera del oferente, las prohibiciones e inhabilidades, y hasta las contrataciones en las que participó como asociado o consorcio.
- Todo es verificable: el SICP es público; la contratante —y cualquier competidor— puede leer el mismo expediente.
El antecedente se construye en cada obra
Cada certificado atrasado, cada penalidad aplicada, cada exigencia del pliego incumplida es materia prima de un antecedente que dura diez años. La defensa es la operación impecable documentada: cumplimiento medido obra por obra, evidencia al día. Esa disciplina —la misma que ordena una licitación— es lo que un ERP para constructoras implementa según la forma de trabajar de cada empresa.
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